Archivan investigación contra Benedicto XVI por complicidad en abusos
La fiscalía de Múnich (Alemania) informó que ha enviado al archivo la investigación que se le seguía al difunto papa Benedicto XVI por presunta complicidad en abusos a menores en el arzobispado de Múnich y Freising.
De acuerdo a los fiscales a cargo del caso, no existen “sospechas suficientes” que vinculen a Joseph Ratzinger con actuaciones delictivas. Además, indicaron que, de existir indicios, el caso ya habría prescrito de todos modos.
Las indagaciones no revelaron “sospechas suficientes de actuación delictiva por parte de los responsables de personal”, dijo el fiscal jefe Hans Kornprobst, en relación a Ratzinger, quien fuera arzobispo de Múnich y Freising entre 1977 y 1982.
También quedaron archivadas las investigaciones del sucesor del fallecido papa, el cardenal Friedrich Wetter, y el entonces vicario general, Gerhard Gruber.
Kornprobst señaló que «hechos cometidos hace tanto tiempo han prescrito sin lugar a dudas, por lo que la persecución penal queda descartada».
En sus investigaciones en base a un informe del bufete de abogados Westpfahl Spilker Wastl (WSW) encargado por la diócesis y presentado a principios de 2022, la fiscalía abordó sobre todo la cuestión de si responsables eclesiásticos de personal «podrían haber incurrido en una infracción penal».
El fiscal subrayó al presentar sus conclusiones que «las barreras para un enjuiciamiento son muy altas».
Así, al trasladar por ejemplo a un religioso sospechoso de abusos de una diócesis a otra, no basta con haber tomado una «decisión de personal cuestionable» por la que niños o jóvenes se puedan haber visto expuestos al peligro de convertirse en víctimas de un delito sexual.
Una posible complicidad sólo puede tenerse en consideración si realmente se produce tal nuevo delito debido a esta decisión de personal, es decir, si este delito podría haberse evitado con otra decisión, precisó.
El fiscal se mostró convencido de que «seguro que hubo una serie de decisiones cuestionables».
«Pero la punibilidad por complicidad presupone, además, que se haya cometido realmente un nuevo delito y que éste además aún no haya prescrito, porque al prescribir el llamado delito principal prescribe también la complicidad», resaltó.
Pero incluso de existir tal delito punible, la complicidad presupone, además, que para el responsable de personal era, al menos a grandes rasgos, «previsible», y «este es quizás el mayor obstáculo» para establecer una responsabilidad penal, agregó.
Por otra parte, Kornprobst señaló que la mayoría de los hechos expuestos ya eran conocidos y de ellos «no se desprende ningún comportamiento penalmente relevante».
En todo caso, son acusaciones o comportamientos que según las normas internas de la iglesia podrían ser sancionados o desaprobados en cuanto a «excesos», pero «no constituyen un delito penal», agregó.
En otros casos, indicó, «faltan indicios concretos» o se trata de «rumores».
El informe de WSW se centraba los casos de 497 presuntas víctimas, ocurridos entre 1945 y 2019 y en el que estarían implicados 235 personas, entre ellos 173 sacerdotes y el resto docentes y otro tipo de personal de las instituciones.
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