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La CIJ falla a favor de Costa Rica por actividades militares de Nicaragua en el río San Juan

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Madrid, España (EP) –   La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha fallado a favor de Costa Rica al confirmar su soberanía sobre la «zona en disputa» en el río San Juan y, en consecuencia, declarar que las actividades militares de Nicaragua en la misma han violado su integridad territorial.

 

 

Costa Rica denunció a Nicaragua en 2010 por construir un caño para desviar parte de las aguas del río San Juan en Isla Portillos y desplegar militares en la zona para proteger las obras de construcción, algo que Managua negó, argumentando que se había limitado a «limpiar» un caño natural en su territorio.

Esta demanda costarricense llevó a la CIJ a localizar un «territorio en disputa» que comprende tres kilómetros cuadrados desde la parte norte de Isla Portillos, es decir, «entre la orilla derecha del caño y la orilla derecha del San Juan hasta su desembocadura en el mar Caribe».

La CIJ ha determinado que se trata de territorio costarricense conforme al tratado de 1858 que fija las fronteras entre ambos países concede a Costa Rica la zona entre la orilla derecha del Bajo San Juan y la desembocadura.

El Gobierno de Daniel Ortega alegaba que en realidad este caño es una formación natural que constituye frontera, pero La Haya ha considerado que «las imágenes aéreas proporcionadas por Nicaragua son insuficientes» para sostener su reivindicación soberana.

«Por tanto, las actividades realizadas por Nicaragua en el territorio en disputa, incluida la excavación de tres caños y el establecimiento de presencia militar, violan la soberanía de Costa Rica», ha dicho la CIJ en un resumen de la sentencia.

También ha apreciado la violación, conforme a este mismo tratado, de los derechos de navegación de Costa Rica por el San Juan a raíz de «dos incidentes» que afectaron a ciudadanos costarricenses que circulaban por la orilla derecha del río.

Sin embargo, La Haya ha rechazado que, tal y como pretendía Costa Rica, la presencia militar de Nicaragua en Isla Portillos se elevara a rango de «ocupación» y «acto hostil», que habrían constituido una violación de la prohibición del uso de la fuerza.

La CIJ tampoco ha acogido la denuncia costarricense por daños ambientales. «No se ha probado que el programa de dragado causara daño a los humedales o redujera el caudal del río», ha indicado La Haya, subrayando que no había «riesgo», de modo que la parte nicaragüense no tenía obligación de hacer un informe de impacto ambiental.

El alto tribunal ha considerado que el fallo constituye suficiente «satisfacción» para Costa Rica, por lo que solo impone a Nicaragua la obligación de reparar los daños materiales a través de un acuerdo bilateral, pero si en 12 meses no consiguen cerrarlo, el caso volverá a la CIJ para que fije la cuantía.

CARRETERA 1856   

La Haya también se ha ocupado de la denuncia presentada a su vez por Nicaragua contra Costa Rica por construir una carretera, la 1856, que se extiende 108,2 kilómetros a lo largo de la orilla costarricense del San Juan, por daños ambientales.

«La Corte concluye que Costa Rica no ha cumplido con su obligación bajo el Derecho Internacional general de hacer un informe de impacto ambiental sobre la construcción de la carretera», ha dicho, explicando que la evaluación solo se hizo ‘a posteriori’.

No obstante, aclara que las obras de la 1856 no han causado daños al San Juan porque los sedimentos arrojados al río apenas han alcanzado el dos por ciento. «No se puede inferir un daño significativo», ha sostenido.

Sobre la reparación, la CIJ ha considerado igualmente que «la declaración sobre la conducta incorrecta de Costa Rica por violar sus obligaciones sobre la valoración del impacto ambiental es una medida de satisfacción apropiada».

 

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